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Canarias aprueba el decreto que incorpora nuevos criterios de seguridad para la revisión de ascensores

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La norma, que entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOC, da un plazo a los titulares de los elevadores para cumplir con las inspecciones periódicas obligatorias y evitar que se proceda a paralizar los aparatos

  • La aprobación de esta norma coincide con una campaña en medios en la que el Gobierno recuerda a los titulares la obligación de contratar a una empresa conservadora y explica cómo interpretar las etiquetas de las revisiones realizadas

El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó hoy, tras su paso por el Consejo Consultivo, el Decreto por el que se regula los aspectos técnicos y reglas de seguridad que se deben cumplir en relación con el mantenimiento y revisión de los ascensores.

Se trata de la primera norma autonómica que regula este tipo de actividad con el objeto de conseguir que los conservadores de estos aparatos colaboren de manera más eficaz en el cumplimiento de la normativa estatal en materia de seguridad (Real Decreto 88/2013 del 8 de febrero).

Su entrada en vigor tendrá lugar tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), prevista en las próximas semanas.

A partir de ese momento, se establece un plazo de dos meses en el que las entidades conservadoras deberán comunicar a los titulares de los ascensores la obligación de cumplir con las inspecciones periódicas obligatorias que regula la norma estatal, donde se establece que los elevadores deben superar una inspección técnica obligatoria cada cuatro años, salvo los ascensores de mayor afluencia, que deben ser revisados cada dos y el resto de ascensores (unifamiliares, menos de cuatro paradas, etc.) que deben hacerlo cada seis años. En caso de no hacerlo, la administración procederá a la paralización del ascensor.

La aprobación de esta norma coincide con una campaña de promoción puesta en marcha por la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para recordar a los titulares de estos aparatos la obligación que tienen de contratar a una empresa conservadora para llevar a cabo las revisiones obligatorias y garantizar su correcto estado y la seguridad de la ciudadanía.

La campaña, que incluye dos spots publicitarios emitidos los meses de abril, mayo y junio en medios audiovisuales y redes sociales, busca, al mismo tiempo, mostrar a los usuarios de ascensores cómo interpretar las etiquetas con las que los organismos de control informan de los resultados obtenidos durante las revisiones de los aparatos.

Se trata de etiquetas de tres colores distintos que indican si el ascensor está en perfecto estado (etiqueta verde), si tiene algunas deficiencias que deben ser corregidas en el plazo de seis meses, durante el cual puede seguir operando (etiqueta naranja) o si, por el contrario, debe estar fuera de servicio por graves deficiencias (etiqueta roja).

En la actualidad existen en las islas cerca de 30.000 ascensores, lo que dificulta el control de estas instalaciones y hace necesario la adopción de nuevas medidas normativas que permitan reforzar el control de las inspecciones periódicas obligatorias por parte de los organismos de control y de las nuevas empresas de mantenimiento que se introducen en el mercado.

Mejoras de seguridad

Entre las aportaciones que incluye el proyecto de decreto, destaca la adopción de un mínimo de revisiones de los aparatos elevadores, en el que se incluyen comprobaciones cada mes, con el objeto de garantizar su buen estado durante todo el tiempo que está en funcionamiento.

Además, se establece la obligación de incluir el detalle de las revisiones realizadas en los últimos doce meses en un registro de mantenimiento, que deberá estar a disposición del titular y órgano competente en materia de Industria.

Al mismo tiempo, se detallan otros aspectos relacionados con las actuaciones que se deben emprender para reanudar el servicio en caso de accidente con daños a personas o bienes, las obras de reparación o modificación de un elevador, y las consecuencias que acarrea el incumplimiento de los plazos de inspección periódica, entre otros.


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