La declaración del campo de tiro de Pájara como ‘zona de interés para la Defensa Nacional’ publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 31 de marzo de 2012 (Real Decreto 600/2012, de 30 de marzo) “implica en realidad una ampliación encubierta en una franja de 2.000 metros de anchura en torno al campo militar”, explicó el presidente del Cabildo de Fuerteventura, Mario Cabrera.
Mario Cabrera aclara que la nueva figura jurídica que se le aplica ahora al campo de tiro en virtud de este Real Decreto, implica también la aplicación de lo establecido en el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional. En el artículo 27 del mencionado Reglamento se especifica que estas instalaciones tendrán lo que se denomina como “zona de seguridad lejana”, que condiciona y limita el desarrollo de determinadas actividades “en una franja de 2.000 metros de anchura en torno del campo militar, desde su perímetro exterior”. Señala además que el Ministerio de Defensa será el que tenga las competencias para autorizar o no el establecimiento de determinadas industrias o actividades en esa franja perimetral de 2.000 m2.
Esta nueva “zona de seguridad lejana” del Campo de Tiro de Pájara abarcaría, por el sur, hasta el pueblo y el campo de fútbol de La Pared, la carretera FV617 y las localidades de su recorrido. La montaña de Cardón, Puerto Nuevo, las Hermosas, Ugán, Los Chigüigüos, Abaite, Lindaguaje, etc. O bien el caserío de Fayagua, Chilegua, la montaña de Mezquez, Pájara, La Solapa, etc., por el norte. En la práctica también va a significar la inclusión en esta “zona de seguridad lejana” de toda la franja costera cercana al campo de tiro, barranco de La Solapa, playa de Garcey, playa de La Solapa, Punta de Diego Díaz, etc.
El artículo 60 del mencionado Reglamento también remite a la autoridad militar la competencia para poder autorizar o denegar cualquier otro tipo de actividad que los particulares quieran realizar en la zona considerada “de interés para la Defensa Nacional”
Para el presidente del Cabildo “en realidad es una ampliación encubierta que va en contra de los acuerdos plenarios de todas las instituciones de Fuerteventura desde el comienzo de la Democracia, del Parlamento y del Gobierno de Canarias. Se hace además sin consultar a las instituciones y con una clara intención de salvaguardar indefinidamente para el futuro este campo de tiro frente a las propuesta que defiende su conservación como Parque Nacional”.
Reunión vecinal
Los vecinos de la zona, integrado en la Plataforma vecinal La Costa, han convocado una reunión informativa para coordinar actividades con los ayuntamientos, el Gobierno de Canarias y el Cabildo, que se desarrollará mañana viernes, 18 de mayo, a partir de las 20.00 horas, junto a la plaza de la Iglesia de Pájara.
Acuerdo plenario
El Pleno del Cabildo de Fuerteventura ya acordó emprender las acciones legales necesarias para recurrir el Real Decreto por que el que el Consejo de Ministros del Gobierno de España procedió a la declaración del área comprendida en el campo de tiro de Pájara como de especial interés para la Defensa. El acuerdo, incluido en el respaldo a una moción aprobada previamente por el Ayuntamiento de Pájara y remitida al Cabildo para su apoyo, contó con el voto a favor del grupo de gobierno, el PPM y el grupo mixto, mientras que el PP votó en contra.
En el contenido de la moción se explica que “esta declaración contraviene todos los acuerdos, demandas y solicitudes que desde hace décadas ha venido formulando el Pleno de esta Corporación, así como el resto de instituciones majoreras y canarias, de cara a su cierre definitivo por las molestias que sus actividades generan entre los vecinos, los daños ocasionados en su ecosistema y en su entorno, y la mala imagen que genera para nuestro principal sector económico: el turismo”.
Ante esta actuación “unilateral y carente de diálogo por parte del Gobierno de España, se hace necesario responder de forma urgente y contundente, reclamando la colaboración de todas las administraciones, informando a la población y poniendo en marcha las herramientas administrativas y jurídicas necesarias para conseguir parar esta actuación, que va en contra del sentir democrático de este pueblo”.
El Boletín Oficial del Estado del 31 de marzo de 2012, número 78, publicó el Real Decreto 600/2012, de 30 de marzo, por el que se declara zona de interés para la Defensa Nacional el Campo Nacional de Maniobras y Tiro de Pájara, Fuerteventura.
En el apartado expositivo del mencionado Real Decreto se explica, entre otras cosas, que la mencionada declaración se realiza “con el fin de preservar la instalación militar de cualquier actuación que pudiera afectarla” por lo que se “se declara de interés para la Defensa Nacional y que se extiende a la zona ocupada por el Campo Nacional de Maniobras y Tiro de Pájara y su zona de seguridad”.
Con respecto al contenido dispositivo del mencionado Real Decreto, se señala:
Artículo 1. Declaración de zona de interés para la Defensa Nacional.
Se declara zona de interés para la Defensa Nacional el Campo Nacional de Maniobras y Tiro de Pájara en la isla de Fuerteventura con una superficie de 4.205 hectáreas y delimitado por las coordenadas reflejadas en el anexo.
En la zona declarada se considerarán prioritarios los intereses de la Defensa Nacional.
Artículo 2. Limitaciones y condicionantes.
Las limitaciones y condiciones que, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, se imponen en la zona declarada de interés para la Defensa Nacional, son las siguientes:
a) Interesar y obtener autorización del Ministerio de Defensa para la determinación de la compatibilidad con los fines de la Defensa Nacional de cualquier regulación, ordenación o actuación administrativa que pueda incidir en la utilización militar del Campo Nacional de Maniobras y Tiro de Pájara.
b) Someter a la autorización previa del Ministerio de Defensa la transmisión de la propiedad, así como la constitución, transmisión y modificación de cualquier derecho real sobre la misma, con independencia de la nacionalidad o naturaleza de los otorgantes.
c) Someter a la autorización previa del Ministerio de Defensa cualquier obra de edificación o construcción, promovida por entidades públicas o privadas, así como la cesión por cualquier título de los aprovechamientos agrícolas, pecuarios o cinegéticos de los territorios afectados.
Todos los vecinos de Pájara, los de Fuerteventura y, por supuesto, los miembros de esta Corporación, conocemos perfectamente la oposición social e institucional que históricamente ha existido ante la creación y mantenimiento de este campo de tiro y maniobras, atendiendo a las molestias que se generan a los vecinos, a su peligrosidad y a la pésima imagen que provocan sus actividades entre nuestro sector turístico.
Fruto de esta oposición han habido múltiples iniciativas en contra del mantenimiento del campo de tiro y a favor de su cierre, que han sido llevadas a todas las instancias administrativas y políticas, al Parlamento, al Senado y al Gobierno de España.
De forma paralela, se han venido promoviendo acciones tendentes a valorar adecuadamente las características naturales de este espacio, su importancia histórica y cultural, relacionada con los usos y costumbres de la población de Fuerteventura durante siglos. En el marco de estas acciones, está la posible inclusión del espacio del campo de tiro de Pájara en el futuro Parque Nacional de Zonas Áridas, actualmente en estudio técnico.
Es por ello que entendemos que el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros está claramente dirigido a actuar contra el sentimiento, las demandas y los planteamientos democráticamente expresados por la sociedad y las instituciones del municipio de Pájara y de toda Fuerteventura. Así como contra las gestiones que se vienen haciendo, entre ellas la creación del Parque Nacional de Fuerteventura.
Se impide así que esta sociedad alcance una de sus demandas históricas. Se nos condena indefinidamente a tener que convivir con un gran campo de tiro y maniobras, a soportar las actividades militares en nuestro entorno, a sufrir las molestias y la peligrosidad de estos ejercicios y a pagar las consecuencias que sobre nuestra actividad turística pueden tener.
Lo peor de ello es que se hace sin escucharnos, sin informar previamente y sin consultar ni pedir los informes pertinentes a las administraciones afectadas. Se nos impone una pena histórica con la que tendrán que convivir generaciones de vecinos de Pájara, y que entendemos que en medio de un contexto internacional caracterizado por la búsqueda de alternativas de diálogo frente a las amenazas ligadas a la violencia y la militarización, no está justificada.
El objetivo de este pueblo es avanzar hacia el cierre del campo de tiro de Pájara y hacia el cese definitivo de sus actividades. Este Real Decreto es por lo tanto una losa histórica que no estamos dispuestos a soportar sin protestar y reivindicar el derecho a ser escuchados y a que nuestra opinión, como pueblo e institución, sea respetada.
Nota: En el plano adjunto se pueden ver en amarillo los límites del campo de tiro y en verde el área perimetral de 2.000 metros considerada “zona de seguridad lejana”.